Una deuda solo puede constar en un fichero de morosos si es cierta, vencida y exigible, y no está discutida. Y nunca más de cinco años (5) desde el vencimiento.
Vas a pedir un préstamo, un contrato de teléfono o una tarjeta, y te dicen que no porque consta una deuda en un fichero de morosos. Quizá no sabías nada, o es una deuda que no reconoces, o ya la pagaste.
La Ley Orgánica de protección de datos permite estos ficheros, que llama sistemas de información crediticia, solo si se cumplen estas condiciones (artículo 20.1):
Si has impugnado la deuda ante un juzgado o una administración, la inclusión no cumple el requisito de deuda no impugnada. Por eso, a veces, el primer paso es discutir formalmente la deuda.
Lo explico en la página de la Ley de segunda oportunidad.
Mientras constas, te pueden denegar financiación, contratos de suministro o de telefonía. Además, el paso del tiempo dificulta probar que no te avisaron o que la deuda no era correcta.
La revisión y la solicitud de supresión son un trabajo acotado que te presupuesto cerrado. Si hay que reclamar una indemnización judicialmente, te doy el presupuesto de esa fase antes de empezar.
Trabajo online con clientes de toda EspañaJoan Soler Gordillo · abogadoLa ley de protección de datos es estatal. Mándame lo que te dice el fichero y te digo si la inclusión es correcta.
Una deuda solo puede constar en un fichero de morosos mientras persista el impago y con un máximo de cinco años (5) desde la fecha de vencimiento de la obligación.
No, si la has impugnado en vía administrativa o judicial, o en un procedimiento alternativo vinculante. La ley solo permite incluir deudas ciertas, vencidas y exigibles que no estén impugnadas.
Sí. El acreedor tiene que haber informado al deudor, en el contrato o en el momento de requerirle el pago, de la posibilidad de incluirle y de los ficheros en los que participa.
Sí. Una inclusión indebida permite reclamar una indemnización por los daños causados (artículo 82 del Reglamento general de protección de datos). En algunos casos también puede plantearse como intromisión en el derecho al honor (Ley Orgánica 1/1982).
Algunas pólizas de defensa jurídica incluyen reclamaciones por protección de datos o por daños al honor. Mándame la póliza y te lo miro.
Presto los servicios de forma presencial en el despacho de Valls. Doy cobertura en toda Cataluña y en el resto de España mediante consultas online por videollamada y correo electrónico. Eventualmente, puedo desplazarme hasta la ubicación del cliente, previo acuerdo.
Cuéntame tu situación y te responderé lo antes posible.
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