Con la Administración los plazos son cortos y se cuentan en días hábiles o en meses de fecha a fecha. Un mes para recurrir y dos para ir al juzgado.
El procedimiento ante cualquier administración (estatal, autonómica o local) se rige por la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común, y por la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público. Si la administración es catalana, la Ley 26/2010, del procedimiento administrativo de Cataluña, también puede ser aplicable. El recurso ante los jueces se rige por la Ley 29/1998, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Por eso puedo llevar estos asuntos por videollamada con clientes de toda España, y presencialmente en el despacho de Valls.
Cuando un plazo se fija en días, son días hábiles: no cuentan los sábados, los domingos ni los festivos. Cuando se fija en meses, se cuenta de fecha a fecha a partir del día siguiente a la notificación (artículo 30 de la Ley 39/2015). Un mes para recurrir es un mes, no treinta días hábiles.
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Consulta presencial u online: elige cómo quieres que hablemosJoan Soler Gordillo · abogadoEn el despacho de Valls o por videollamada, desde cualquier lugar de España. Envíame la notificación que has recibido y te digo qué plazo corre.
Un mes para el recurso de alzada o de reposición si la resolución es expresa, y dos meses para el recurso contencioso-administrativo si la resolución pone fin a la vía administrativa.
Son los días que cuentan en los plazos administrativos: todos excepto los sábados, los domingos y los festivos.
Mientras todavía se puede presentar un recurso administrativo, sí: la sanción no es ejecutiva hasta que no queda ningún recurso ordinario en vía administrativa. Para otros actos administrativos, la regla general es la contraria: el recurso no paraliza la ejecución y hay que pedir la suspensión.
Sí. Las leyes de procedimiento administrativo son estatales y la tramitación es electrónica, así que se puede llevar a distancia desde cualquier lugar de España.
Depende del procedimiento. En los iniciados a petición del interesado, la regla general es el silencio positivo, pero hay muchas excepciones, como la responsabilidad patrimonial. En los sancionadores, si pasa el plazo máximo, el procedimiento caduca.
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Presto los servicios de forma presencial en el despacho de Valls. Doy cobertura en toda Cataluña y en el resto de España mediante consultas online por videollamada y correo electrónico. Eventualmente, puedo desplazarme hasta la ubicación del cliente, previo acuerdo.
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